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Publicado el 02-22-2012

Avanza en legislativo de Utah propuesta de sanciones para fraudes migratorios

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Utah/Agencia EFE
El Comercio de Colorado


Un comité del Senado de Utah presentó un "reporte favorable" de un proyecto de ley que busca sancionar a personas que cometen fraude por medio de falsos servicios de inmigración, por lo que la iniciativa deberá ser debatida en el pleno.
El proyecto SB144, de la senadora estatal Luz Robles, demócrata de Salt Lake City, ya había pasado su primera prueba, cuando fue aprobado por 5 votos a favor, 2 en contra y una abstención en la primera consideración de esa medida en comité. Robles explicó que decidió presentar este proyecto luego de que se detectase un creciente número de fraudes en Utah relacionados con inmigración, debido a la aprobación en el 2011 de la ley HB116, que permitiría que ciertos trabajadores indocumentados regularicen su situación y puedan ser legalmente contratados por empresas de Utah.
Sin embargo, esa ley solamente entrará en vigor en julio del 2013, y sólo si el Congreso federal le otorga a Utah un permiso especial para poder contratar a esos extranjeros indocumentados. Además, la HB116 enfrenta varias demandas judiciales, que podrían postergar o impedir su entrada en vigor. Y este año ya existen por lo menos dos propuestas en la legislatura de Utah para abolir esa ley.
A pesar de ello, existen numerosos reportes de "abuso y fraude por parte de personas que publicitan falsos servicios de inmigración", dijo Robles. Por eso Robles propone que se cree un registro de consultores de inmigración y que se aumenten las sanciones para quienes comentan fraude relacionado con trámites inmigratorios.
Un consultor migratorio es, según SB144, una persona que provee ayuda o consejos migratorios no relacionados con temas legales. Esos servicios incluyen traducciones, compilación de documentos (como actas de nacimiento), envío de los documentos a las agencias federales correspondientes o derivación del interesado a un abogado de inmigración.
La meta de SB144 es que solamente los consultores migratorios registrados puedan ofrecer los servicios mencionados, mientras que quienes no se registren deberán abstenerse de hacerlo. Además, los consultores registrados deberán primero pasar por un chequeo de antecedentes criminales. La SB144 también busca regular la relación entre el consultor y su cliente, especificando que se debe firmar un contrato entre ambos y que el cliente puede cancelar el contrato hasta 72 horas después de firmarlo. Y el consultor debe explicar el alcance y los límites de los servicios que proveerá en el idioma natal del cliente.
Quienes no se ajusten a ...
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